Impuesto sobre el Patrimonio y criptomonedas: cuándo y cómo debes declarar tu portafolio

Cuando hablamos de fiscalidad cripto, la inmensa mayoría de los inversores se centra exclusivamente en la declaración de la Renta (IRPF). La preocupación habitual es: «¿Cuánto tengo que pagar por las ganancias que he obtenido al vender?»

Sin embargo, existe otro impuesto mucho más silencioso, pero igualmente importante, que grava la simple tenencia de activos, independientemente de si los has vendido o no: el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Con las recientes subidas históricas en la cotización de Bitcoin y otros criptoactivos, muchos inversores que antes pasaban desapercibidos para Hacienda se encuentran ahora superando los umbrales legales. El problema es que la mayoría lo desconoce por completo. En este artículo, te explicamos exactamente cuándo estás obligado a declarar tus criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio y cómo debes valorarlas.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?

A diferencia del IRPF, que grava los ingresos y las ganancias que has obtenido durante el año, el Impuesto sobre el Patrimonio grava la riqueza neta que posees en un momento muy concreto: a las 23:59 horas del 31 de diciembre de cada año.

Es decir, Hacienda hace una «fotografía» de todo lo que tienes (inmuebles, cuentas bancarias, acciones, fondos de inversión y, por supuesto, criptomonedas), le resta tus deudas (como la hipoteca) y, si el resultado supera una cantidad determinada, te exige pagar un porcentaje sobre ese patrimonio.

Las criptomonedas, al ser consideradas bienes inmateriales con valor económico, forman parte de esa fotografía y deben incluirse obligatoriamente en la base imponible del impuesto.

El laberinto de los umbrales autonómicos

La gran complejidad del Impuesto sobre el Patrimonio en España es que es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas. Esto significa que cada región tiene el poder de decidir a partir de qué cantidad se empieza a pagar y qué porcentaje se aplica.

Por norma general estatal, existe un mínimo exento de 700.000 euros. Es decir, si tu patrimonio neto total (sumando tu casa, tu dinero en el banco y tus criptomonedas) es inferior a 700.000 euros, no tienes que pagar este impuesto. Además, la vivienda habitual está exenta hasta un máximo de 300.000 euros.

Sin embargo, las Comunidades Autónomas han modificado estos límites. Aquí tienes un resumen de la situación actual en las principales regiones:

  • Comunidad de Madrid y Andalucía: Tienen el impuesto bonificado al 100%. En la práctica, esto significa que sus residentes no pagan el Impuesto sobre el Patrimonio, independientemente de la cantidad de criptomonedas que posean.
  • Cataluña: El mínimo exento está fijado en 500.000 euros.
  • Comunidad Valenciana: Recientemente ha aprobado bonificaciones que, en la práctica, eliminan el pago del impuesto para la mayoría de los contribuyentes.
  • Aragón: El mínimo exento es de 400.000 euros (uno de los más bajos de España).
  • Resto de España: La mayoría de las comunidades aplican el mínimo exento estatal de 700.000 euros, aunque algunas tienen variaciones específicas.

Importante: Incluso si vives en una comunidad donde el impuesto está bonificado al 100% (como Madrid),

¿Tu portafolio cripto ya supera los límites?

Si tus criptomonedas han subido de valor, podrías estar obligado a declarar Patrimonio aunque no hayas vendido nada. Revisamos tu caso y te decimos qué obligaciones tienes según tu Comunidad Autónoma.

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

Para contrarrestar las bonificaciones de comunidades como Madrid o Andalucía, el Gobierno central introdujo el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Este impuesto estatal grava los patrimonios netos superiores a 3.000.000 de euros. Si tu portafolio cripto, sumado al resto de tus bienes, supera esta cifra, tendrás que tributar a nivel estatal, independientemente de lo que dicte tu Comunidad Autónoma.

¿Cómo se valoran las criptomonedas para el Impuesto sobre el Patrimonio?

Esta es la parte más técnica y donde se cometen más errores. Como hemos mencionado, el impuesto grava la riqueza a fecha 31 de diciembre. Por tanto, no importa a qué precio compraste tus criptomonedas en marzo, ni a qué precio están cotizando en el momento de hacer la declaración en junio del año siguiente.

La Ley del Impuesto sobre el Patrimonio establece que las criptomonedas deben valorarse por su valor de mercado a 31 de diciembre de cada año.

Esto implica que debes:

  1. Hacer un inventario exacto de todas las criptomonedas que posees a las 23:59 del 31 de diciembre (incluyendo las que tienes en *exchanges*, en *hardware wallets* y en protocolos DeFi).
  2. Buscar la cotización oficial de cada uno de esos activos en ese momento exacto.
  3. Convertir ese valor a euros.

Si tienes un portafolio diversificado con decenas de altcoins o participas en liquidity pools, hacer este cálculo manualmente es prácticamente imposible. Necesitas herramientas de software especializadas para extraer la «foto fija» de tu patrimonio a final de año.

La relación con el Modelo 721

Es fundamental no confundir el Impuesto sobre el Patrimonio con el Modelo 721.

El Modelo 721 es una declaración puramente informativa (no se paga nada por presentarla) sobre las criptomonedas que tienes custodiadas en el extranjero (en exchanges internacionales) si su valor conjunto supera los 50.000 euros.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto recaudatorio que grava todo tu patrimonio global (esté en España o en el extranjero) si superas los umbrales autonómicos.

Hacienda cruza los datos de ambas declaraciones. Si presentas el Modelo 721 declarando 800.000 euros en Binance, pero no presentas el Impuesto sobre el Patrimonio (y vives en una comunidad donde el mínimo exento es de 700.000 euros), recibirás una inspección casi con total seguridad.

No dejes que el éxito de tu portafolio se convierta en un problema fiscal

Ver cómo tu portafolio de criptomonedas crece es el objetivo de cualquier inversor. Pero ese crecimiento conlleva nuevas responsabilidades fiscales. Ignorar el Impuesto sobre el Patrimonio por desconocimiento no te eximirá de las sanciones y recargos si Hacienda detecta que superaste los umbrales legales.

En DeclaraCripto analizamos tu situación patrimonial global. Calculamos el valor exacto de tus criptoactivos a 31 de diciembre, evaluamos la normativa específica de tu Comunidad Autónoma y nos aseguramos de que cumples con todas tus obligaciones fiscales, tanto informativas como recaudatorias.

¿Tu portafolio cripto ha crecido significativamente y no estás seguro de si debes presentar el Impuesto sobre el Patrimonio? No te arriesgues a una sanción. Agenda una llamada gratuita de 15 minutos con nuestros expertos y analizaremos tu caso. Agendar llamada gratuita 

Calcula bien el valor fiscal de tus criptos

El Impuesto sobre el Patrimonio exige valorar tu portafolio a 31 de diciembre, incluyendo exchanges, wallets y DeFi. Te ayudamos a calcularlo correctamente y evitar errores.

Scroll al inicio
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.