El Modelo 721 Explicado para todos: ¿Quién, cuándo y cómo debe presentarlo?
Si tienes una cantidad significativa de criptomonedas en un exchange como Binance, Coinbase o Kraken, esta guía es para ti. Desde 2024, la Agencia Tributaria ha puesto en marcha una nueva herramienta de control que genera una enorme confusión entre los inversores: el Modelo 721. ¿Qué es exactamente? ¿Estoy obligado a presentarlo? ¿Qué pasa si no lo hago? La incertidumbre es grande, pero las sanciones por ignorarlo lo son aún más.
En esta guía definitiva, desmitificaremos el Modelo 721 por completo. Te explicaremos con un lenguaje claro y directo quién está obligado, cuándo debe presentarlo y, lo más importante, cómo hacerlo paso a paso. Nuestro objetivo es que, al terminar de leer, tengas la total seguridad de saber cómo actuar para cumplir con tus obligaciones fiscales y evitar multas que pueden llegar, como mínimo, a los 10.000 euros [1].
¿Qué es exactamente el Modelo 721?
El Modelo 721, cuyo nombre oficial es «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero», es una declaración puramente informativa. Esta es la primera y más importante aclaración: no es un impuesto. Presentar este modelo no significa que tengas que pagar nada.
Su único propósito es que los residentes fiscales en España comuniquen a la Agencia Tributaria las criptomonedas que poseen en plataformas o bajo la custodia de entidades localizadas fuera de España. Es la respuesta de Hacienda a la globalización de los activos digitales y se enmarca en un contexto de mayor transparencia fiscal a nivel europeo, impulsado por directivas como la DAC8.
En resumen: con el Modelo 721, no pagas, solo informas. Pero la obligación de informar es muy seria.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?
La obligación de presentar el Modelo 721 recae sobre las personas físicas y jurídicas residentes en España que cumplan dos condiciones: ser titulares de criptomonedas en el extranjero y superar un umbral de valoración específico.
El umbral clave: 50.000 Euros
Estás obligado a presentar el Modelo 721 si el valor total de las criptomonedas que tienes en el extranjero, a 31 de diciembre, supera los 50.000 euros.
Es crucial entender cómo se calcula este umbral:
- Se suma todo: Debes sumar los saldos de todas las criptomonedas que tengas en todos los exchanges o custodios extranjeros.
- Valoración a 31/12: El valor se calcula utilizando el precio de mercado a 31 de diciembre del año al que se refiere la declaración.
Situación | Saldo en Binance (31/12) | Saldo en Coinbase (31/12) | Saldo Total Extranjero | ¿Obligado a Presentar? |
Caso 1 | 45.000 € | 0 € | 45.000 € | No |
Caso 2 | 45.000 € | 6.000 € | 51.000 € | Sí |
Caso 3 | 20.000 € | 35.000 € | 55.000 € | Sí |
¿Qué se considera "Criptomonedas en el extranjero"?
Aquí es donde reside gran parte de la confusión. Según la normativa, se consideran situadas en el extranjero aquellas criptomonedas cuya custodia está a cargo de una entidad que no tiene su sede en España. Esto incluye:
- La mayoría de grandes exchanges: Binance, Coinbase, Kraken, KuCoin, Bybit, etc.
- Plataformas de staking o lending extranjeras
- Custodios profesionales de activos digitales no españoles.
La gran excepción son las wallets de autocustodia (también llamadas «non-custodial wallets» o «cold wallets» como Ledger o Trezor), donde solo tú tienes el control de las claves privadas. Las criptomonedas en estas wallets NO se consideran situadas en el extranjero a efectos de este modelo y, por tanto, NO se declaran en el Modelo 721, independientemente de su valor.
¿Cuándo se Presenta el Modelo 721?
Plazos para la declaración de 2026
El plazo de presentación del Modelo 721 es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información.
Para la campaña de este año, esto significa:
- Información a declarar: Saldos a 31 de diciembre de 2025.
- Plazo de presentación: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
Es un plazo estricto y anterior a la campaña de la Renta, por lo que es fundamental no dejarlo para el último momento.
¿Hay que presentarlo todos los años?
siguientes solo estarás obligado a presentarlo de nuevo si el saldo conjunto de tus criptomonedas en el extranjero ha experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto al valor que te obligó a presentar la última declaración.
- Ejemplo: Presentaste el Modelo 721 en 2025 con un saldo de 60.000€. En 2026, solo tendrás que volver a presentarlo si tu saldo a 31/12/2025 supera los 80.000€ (60.000€ + 20.000€).
El 31 de marzo está más cerca de lo que crees
No esperes al último día. Revisamos tu situación y presentamos tu Modelo 721 antes de que sea tarde.
Cómo rellenar el Modelo 721 paso a paso
Aunque recomendamos encarecidamente la asistencia de un profesional para evitar errores, te explicamos el proceso general para que lo conozcas.
Paso 1: Recopilar Toda la Información
Antes de empezar, necesitarás:
- Certificados de saldo: Descarga los informes anuales de todos tus exchanges extranjeros que certifiquen la cantidad de cada criptomoneda que poseías a 31 de diciembre.
- Valoración en euros: Busca el precio de mercado de cada criptomoneda a 31 de diciembre. Puedes usar fuentes fiables como CoinMarketCap o CoinGecko.
- Datos del custodio: Nombre completo de la entidad (exchange) y su país de ubicación.
Paso 2: Acceder a la sede electrónica de la agencia tributaria
La presentación es exclusivamente telemática. Necesitarás un sistema de identificación digital como:
- Certificado electrónico
- DNI electrónico
- Cl@ve PIN
Deberás buscar el procedimiento del Modelo 721 en la Sede Electrónica [2].
Paso 3: Rellenar el formulario
El formulario te pedirá que detalles, por cada tipo de moneda virtual, la siguiente información:
- Tipo de moneda: Bitcoin, Ethereum, etc.
- Cantidad de unidades: El número de monedas que posees a 31 de diciembre.
- Valoración en euros: El valor total de esas unidades en euros a 31 de diciembre.
- Datos del custodio: Nombre y país del exchange.
Es un proceso meticuloso donde cualquier error puede tener consecuencias.
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Sanciones por no presentar el Modelo 721: El verdadero riesgo
Aquí es donde la Agencia Tributaria se pone seria. El régimen sancionador del Modelo 721 es extremadamente duro para disuadir del incumplimiento.
Infracción | Sanción | Mínimo |
No presentar el modelo en plazo | 5.000€ por cada dato o conjunto de datos omitido | 10.000€ |
Presentar fuera de plazo sin requerimiento | 100€ por cada dato o conjunto de datos | 1.500€ |
Presentar con datos incompletos o inexactos | 5.000€ por cada dato o conjunto de datos omitido | 10.000€ |
Como puedes ver, el simple hecho de olvidar presentar el modelo, incluso sin intención de ocultar nada, conlleva una sanción mínima de 10.000 euros. Este es, sin duda, el mayor riesgo fiscal al que se enfrenta un holder de criptomonedas en España.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 721
- ¿Qué pasa si tengo 60.000€ en Binance pero también 200.000€ en un Ledger? Solo estás obligado a informar sobre los 60.000€ de Binance. Lo que tienes en tu Ledger (autocustodia) no se declara en el Modelo 721.
- ¿Tengo que presentarlo si uso Bit2Me? Bit2Me es un exchange español. El Modelo 721 es solo para activos en el extranjero.
- ¿Puedo presentarlo después del 31 de marzo? Sí, pero se considerará una presentación fuera de plazo y estarás sujeto a sanciones, aunque reducidas si lo haces antes de un requerimiento de Hacienda.
DeclaraCripto te ayuda con el Modelo 721
El Modelo 721 es una obligación formal de alto riesgo. Un pequeño error en la valoración, en la identificación del custodio o, peor aún, el olvido de su presentación, puede salir muy caro. En DeclaraCripto, ofrecemos un servicio especializado para la preparación y presentación del Modelo 721.
Nos encargamos de:
- Recopilar y valorar correctamente todos tus activos.
- Rellenar el modelo sin errores.
- Presentarlo en plazo, garantizando tu cumplimiento y tranquilidad.
Conclusión: No lo dejes para el último momento
El Modelo 721 es una realidad ineludible para los inversores en criptomonedas en España. Ignorarlo no es una opción. La clave es la anticipación: revisa tus saldos, identifica si estás obligado y actúa antes de que finalice el plazo el 31 de marzo.
Cumplir con esta obligación no solo te evitará sanciones desproporcionadas, sino que te permitirá seguir invirtiendo con la confianza de que tienes tu situación fiscal completamente en orden.
Olvídate del Modelo 721
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